El caso de los connacionales en el corredor de la muerte estadounidense no es un tema consular menor. Es un fracaso de política exterior con nombre, apellido y fecha de vencimiento.

Hay 44 ciudadanos mexicanos en corredores de la muerte en distintos estados de la Unión Americana. Cuarenta y cuatro. No es una cifra abstracta. Es un número que debería estar en cada reunión bilateral, en cada declaración conjunta, en cada foto protocolaria entre el canciller mexicano y el secretario de Estado estadounidense. Y sin embargo, brilla por su ausencia.

Empecemos por el marco legal, porque aquí la ley no es un detalle técnico: es el arma que México ha tenido en la mano y ha decidido no usar con suficiente fuerza.

Lo que dice la Convención de Viena — y lo que Estados Unidos ignoró

El artículo 36 de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares de 1963 es meridianamente claro: cuando un nacional extranjero es detenido, las autoridades del Estado receptor tienen la obligación de informarle sin demora de su derecho a comunicarse con el consulado de su país. No es una cortesía diplomática. Es una obligación de derecho internacional vinculante.

Estados Unidos la violó de forma sistemática y documentada en decenas de casos de mexicanos hoy sentenciados a muerte.

México no se quedó callado en el papel. En 2004, la Corte Internacional de Justicia emitió el fallo Avena and Other Mexican Nationals — conocido como el Caso Avena —, en el que determinó que Estados Unidos había violado el artículo 36 respecto a 51 ciudadanos mexicanos y ordenó la revisión y reconsideración de sus condenas. No la liberación automática. La revisión. Un estándar mínimo de justicia procesal.

Estados Unidos respondió con lo que mejor sabe hacer cuando las reglas internacionales le incomodan: ignorarlas selectivamente. La Corte Suprema estadounidense resolvió en Medellin v. Texas (2008) que el fallo de la CIJ no era directamente ejecutable en los tribunales federales sin legislación del Congreso. En otras palabras: el fallo existe, la violación está documentada, y aun así los estados pueden seguir adelante con las ejecuciones.

Desde entonces, varios de los mexicanos incluidos en el Caso Avena han sido ejecutados. El más reciente caso de alta visibilidad fue el de Rubén Cardenas Ramírez, ejecutado en Texas en 2022 a pesar de que su caso estaba explícitamente mencionado en el fallo de la CIJ.

El patrón que se repite: protesta sin consecuencias

Cada vez que se acerca una fecha de ejecución, el guión es predecible. La Secretaría de Relaciones Exteriores emite una nota diplomática. El embajador eleva una protesta formal. Organismos internacionales expresan preocupación. Y cuando la aguja entra, México emite un comunicado de condena que nadie lee al día siguiente.

Esto no es diplomacia. Es teatro de la impotencia.

La pregunta incómoda es: ¿qué instrumentos reales ha activado México más allá de las notas diplomáticas? Porque el derecho internacional sí ofrece herramientas. México podría haber llevado a Estados Unidos nuevamente ante la CIJ por incumplimiento del fallo Avena — de hecho, en 2008 inició un procedimiento de interpretación ante la misma corte. Podría haber condicionado aspectos de la cooperación bilateral a avances concretos en este expediente. Podría haber construido una coalición con otros países latinoamericanos cuyos nacionales enfrentan situaciones similares, para elevar el costo político de la indiferencia estadounidense.

No digo que estas acciones sean fáciles. Digo que no se han intentado con la seriedad que el caso requiere.

El T-MEC y la asimetría que México acepta

Alguien dirá: no puedes mezclar el comercio con los derechos consulares. Y tiene razón en que son materias distintas. Pero la política exterior no funciona en compartimentos estancos. El T-MEC le da a México una plataforma de interlocución permanente con Estados Unidos que ningún otro instrumento bilateral ofrece. Los mecanismos de solución de controversias, los grupos de trabajo, las comisiones conjuntas — todo ese andamiaje institucional existe, en parte, para que México tenga voz.

La pregunta es si esa voz se usa para defender intereses nacionales reales o si se reserva únicamente para disputas arancelarias sobre acero y aguacate.

El artículo 32.10 del T-MEC establece que nada en el acuerdo impide a las partes adoptar medidas necesarias para proteger sus intereses esenciales de seguridad. Es una cláusula pensada para contextos distintos, sí. Pero ilustra un principio más amplio: los tratados son instrumentos, no jaulas. México tiene más margen de maniobra del que habitualmente ejerce.

Por qué esto importa más allá de los 44

Hay una dimensión que va más allá del destino individual de cada uno de estos mexicanos, por grave que sea. Se trata del principio de soberanía consular: la capacidad de un Estado de proteger a sus nacionales en el extranjero no es un favor que se pide — es un derecho que se ejerce.

Cuando México normaliza que sus ciudadanos sean ejecutados en violación de obligaciones internacionales documentadas, está enviando un mensaje al mundo: somos un país cuyas protestas pueden ignorarse sin costo. Ese mensaje tiene consecuencias que van mucho más allá del corredor de la muerte en Huntsville, Texas.

Por contraste, obsérvese cómo otros países manejan estas situaciones. Arabia Saudita, sin ser precisamente un modelo de Estado de derecho, ha logrado negociar con países occidentales la conmutación de penas de sus nacionales mediante presión diplomática sostenida y, cuando ha sido necesario, instrumentos económicos. No porque tengan más razón jurídica que México. Sino porque están dispuestos a pagar el costo político de la insistencia.

Lo que México debería hacer — sin excusas

Primero: reactivar el litigio ante la CIJ. El fallo Avena no está muerto. México tiene derecho a presentar nuevos procedimientos por incumplimiento. Hacerlo no garantiza resultados inmediatos, pero eleva el costo reputacional de cada ejecución.

Segundo: construir el expediente político antes de cada ejecución, no el día anterior. La diplomacia preventiva existe. Activar canales con el Congreso estadounidense, con gobernadores, con organizaciones de derechos humanos en Estados Unidos que tienen más influencia sobre las juntas de clemencia estatales de lo que cualquier nota diplomática mexicana puede tener.

Tercero: hacer del tema una condición explícita de la agenda bilateral. No para boicotear la relación comercial — eso sería irresponsable. Sino para dejar claro que hay temas en los que México no acepta el statu quo como respuesta permanente.

Cuarenta y cuatro mexicanos están esperando. El derecho internacional dice que fueron procesados en violación de sus garantías. Un tribunal internacional así lo determinó hace más de veinte años.

Lo que falta no es una sentencia. Lo que falta es un gobierno dispuesto a cobrarla.

Las opiniones expresadas en esta columna son del autor y no representan necesariamente la posición editorial de Baluarte News.


Por Andres Castillo